SAF – 27 – de marzo de 2015.
El Ministerio ha trasladado a las CC.AA, administraciones competentes de cálculo y comunicación del CAP, la necesidad de poner a disposición de todos los ganaderos sus coeficientes .
Cabanas recuerda la posibilidad de utilizar un coeficiente corrector al alza para adaptar el CAP a la peculiaridad de las dehesas.
El CAP es un coeficiente de obligada aplicación desde 2007 que ajusta las superficies comunicadas de pastos a las superficies reales, de acuerdo con lo previsto en los reglamentos de la PAC.
La no aplicación del CAP podría provocar correcciones financieras.
La Comisión tiene la intención de autorizar a los Estados miembros a prorrogar un mes el plazo de solicitudes de la PAC.
El Secretario General de Agricultura y Alimentación del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Carlos Cabanas, se ha reunido este jueves con las Organizaciones Profesionales Agrarias para analizar de manera conjunta la aplicación del Coeficiente de Admisibilidad de Pastos (CAP). Este tema ha sido igualmente analizado en un encuentro mantenido por el presidente del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA),
Ignacio Sánchez con los Directores Generales de las Comunidades Autónomas.
El Coeficiente de Admisibilidad de Pastos (CAP) es un coeficiente de obligada aplicación que trata de adecuar a la realidad las superficies de pastos declaradas por los ganaderos, una vez deducidas aquellas partes no acordes como superficie de pastos que recogen los Reglamentos de la Política Agraria
Común (PAC). Las posibles discrepancias con el CAP asignado a un ganadero deben resolverse para que la superficie admitida sea la realmente pastable.
Las administraciones competentes para su cálculo, aplicación y comunicación a los ganaderos son las Comunidades Autónomas, mientras que el Gobierno tiene la labor de coordinar y ayudar para su correcta ejecución.
El CAP debería estar en aplicación en España desde el año 2007. Sin embargo, no todas las Comunidades Autónomas lo han aplicado hasta el momento. Esto ha motivado que aquellas Administraciones que no lo han desarrollado tengan el riesgo de sufrir correcciones financieras en la percepción de las ayudas de la PAC destinadas a pastos.
En octubre de 2014, el Gobierno presentó un plan de acción ante la Comisión Europea para asegurar el correcto funcionamiento y aplicación del CAP, con el objetivo de evitar la suspensión de los pagos a las parcelas y recintos declarados pastables.
Para facilitar el cumplimiento y desarrollo de este instrumento, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), puso a disposición de las Comunidades Autónomas que lo necesitaran, los instrumentos técnicos para el cálculo del CAP a través de la tecnología LIDAR disponible en el Instituto Geográfico Nacional.
Asimismo, el Ministerio ha recordado la opción de utilizar un coeficiente corrector al alza para adaptar el CAP en base a la peculiaridad de grandes superficies de pastos arboladas, representadas por las dehesas, para asegurar en las mismas un CAP acorde con su especial aprovechamiento de pastos.
Finalmente el Ministerio ha trasladado la posibilidad de tener en cuenta las prácticas de pastoreo tradicional local a la hora de considerar determinadas superficies como pastos y adaptar su coeficiente de admisibilidad.
Con respecto a la ampliación del plazo de solicitud de la PAC, las CC.AA estudiaran la intención de la Comisión de prorrogar un mes más, trasladando al Ministerio su posición al respecto.