• Los sorteos para designar a los miembros de las mesas electorales se celebrarán entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre. La votación se desarrollará de 9:00 a 20:00 horas y el recuento comenzará por el Congreso de los Diputados, seguido del Senado.
El Gobierno aprueba las instrucciones para las mesas electorales de las elecciones generales del 29 de noviembre

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, 27 de octubre de 2026, el Manual de instrucciones para las personas que integran las mesas electorales, un documento que establece los procedimientos que deberán seguirse durante las elecciones generales convocadas para el domingo 29 de noviembre, según la información difundida por el Ministerio del Interior.

La guía recoge las obligaciones de los presidentes, vocales y suplentes, desde la constitución de las mesas hasta el cierre de la votación y el escrutinio de los votos.

El Ministerio del Interior ha actualizado el contenido con el objetivo de facilitar su comprensión y garantizar el correcto desarrollo de la jornada electoral.

En total, está prevista la edición de 900.000 ejemplares del manual, que se entregarán a las personas designadas para formar parte de las mesas electorales.

Los sorteos de las mesas electorales serán del 31 de octubre al 4 de noviembre

Los ayuntamientos realizarán los sorteos para designar a los integrantes de las mesas electorales entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre.

Las personas seleccionadas recibirán una notificación oficial acompañada del manual de instrucciones.

Este documento permitirá conocer las funciones que deberán desempeñar durante la jornada electoral, así como los procedimientos establecidos para resolver posibles incidencias.

En las comunidades autónomas con lenguas cooficiales, los manuales serán bilingües, mientras que en el Valle de Arán, en Lleida, se distribuirán en tres idiomas.

Los miembros de las mesas deberán presentarse a las ocho de la mañana

El manual establece que tanto los titulares como los suplentes deberán acudir al colegio electoral correspondiente a las 8:00 horas del domingo 29 de noviembre.

Los interventores podrán incorporarse durante la media hora siguiente.

Antes de comenzar la votación, los integrantes de cada mesa tendrán que comprobar que todo el material electoral se encuentra en condiciones adecuadas.

Entre sus obligaciones figuran revisar las urnas y sus precintos, las cabinas, la disponibilidad de papeletas y sobres y los listados del censo electoral.

Una vez realizadas las comprobaciones y constituida la mesa, podrá comenzar la votación.

Los colegios electorales abrirán de 9:00 a 20:00 horas

La jornada electoral se desarrollará en el horario habitual, desde las nueve de la mañana hasta las ocho de la tarde.

El manual recuerda que el voto es personal e intransferible y que ninguna persona puede votar en representación de otra.

Cuando una persona no sepa leer o, por una discapacidad, tenga dificultades para seleccionar la papeleta, introducirla en el sobre o entregarla a la presidencia de la mesa, podrá solicitar la ayuda de alguien de su confianza.

Tras comprobar su inclusión en el censo, la persona votante entregará el sobre cerrado a quien ejerza la presidencia de la mesa.

La presidencia anunciará en voz alta el nombre del elector y le devolverá el sobre para que lo introduzca personalmente en la urna.

Medidas para garantizar el voto de las personas con discapacidad

Una de las partes destacadas del manual es la dedicada a la accesibilidad.

La guía contempla procedimientos específicos para facilitar el ejercicio del derecho al voto a personas con distintas discapacidades.

En el caso de electores que hayan solicitado material complementario en braille, la mesa deberá disponer de los elementos correspondientes y de la relación de personas que los hayan solicitado.

Si el material no se encuentra disponible, deberá comunicarse a la Junta Electoral de Zona antes de comenzar la votación.

También se establecen orientaciones para atender a personas sordas usuarias de lengua de signos, personas sordociegas, electores con discapacidad intelectual o dificultades de comprensión y ciudadanos con movilidad reducida.

El objetivo es garantizar que todas las personas puedan ejercer su derecho al voto en condiciones de accesibilidad.

Primero se contarán los votos al Congreso y después los del Senado

A las 20:00 horas se cerrará la votación, siguiendo el procedimiento establecido en la normativa electoral.

Una vez finalizado el voto presencial, la presidencia introducirá en las urnas correspondientes los sobres del voto por correo.

Posteriormente, podrán votar los miembros de la mesa y los interventores que tengan derecho a hacerlo en ella.

A continuación, comenzará el escrutinio.

El recuento se realizará primero con las papeletas correspondientes al Congreso de los Diputados y, una vez concluido, con las del Senado.

Este orden permite desarrollar de forma organizada las operaciones de recuento y la elaboración de las actas correspondientes.

Un manual dividido en tres partes

El Ministerio del Interior ha reorganizado las instrucciones para hacerlas más claras y facilitar su consulta.

La nueva estructura mantiene el modelo utilizado en anteriores procesos electorales y divide el contenido en tres apartados:

  1. Procedimientos esenciales: constitución de las mesas, desarrollo de la votación y escrutinio.
  2. Incidencias y situaciones especiales: instrucciones para resolver circunstancias que puedan surgir durante la jornada.
  3. Documentación electoral: modelos de actas, sobres, impresos y otros documentos oficiales.

El contenido ha sido supervisado por la Junta Electoral Central, que emitió su parecer favorable el pasado 22 de octubre.

Fechas y horarios principales

ActuaciónFecha u horario
Sorteo de miembros de las mesasDel 31 de octubre al 4 de noviembre
Jornada electoral anunciadaDomingo 29 de noviembre
Presentación de titulares y suplentes8:00 horas
Incorporación de interventoresHasta las 8:30 horas
Inicio de la votación9:00 horas
Cierre de la votación20:00 horas
EscrutinioPrimero Congreso, después Senado

La aprobación del manual constituye uno de los pasos organizativos previstos para la preparación de la jornada electoral.

Fuente: Información facilitada sobre el acuerdo del Consejo de Ministros del 27 de octubre de 2026.

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