
1. Medidas sanitarias
Financiación de medidas sanitarias urgentes
- Se aprueba un anticipo de 2.867 millones a cuenta del sistema de financiación, que van a ser transferidos a las Comunidades Autónomas para reforzar sus servicios sanitarios. Alrededor de 1.400 millones de euros se han pagado este lunes 23 de marzo y en el mes de abril la otra mitad. Se quiere reforzar, de esta manera, la liquidez de las Comunidades Autónomas, anticipando al máximo su financiación para que puedan atender con las máximas garantías el reto sanitario actual.
- El Gobierno moviliza 1.000 millones del Fondo de Contingencia para el Ministerio de Sanidad para gastos sanitarios extraordinarios. El Ministerio, de este importe, va a transferir en breve 210 millones de euros a las CCAA para atender las necesidades más urgentes.
- Se concede un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Sanidad, por más de 19 millones de euros, para la compra de material de protección, de pruebas diagnósticas, y la realización de campañas de difusión.
- Se habilita un crédito a través del Fondo de Contingencia, por importe de 30 millones para la investigación sanitaria para ayudar a encontrar cuanto antes un remedio a esta enfermedad.
- Se distribuye por CCAA el Fondo Social Extraordinario dotado con 300 millones de euros aprobado por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. Los recursos de este Fondo, que se transferirá a las CCAA, sólo pueden utilizarse para hacer frente a situaciones derivadas del COVID-19.
- Se reduce al 0% el IVA aplicable al suministro de material sanitario de productores nacionales a entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios, con un ahorro de más de 1.000 millones de euros.
Material e instalaciones
- Se ha modificado la norma para que el Gobierno pueda regular precios de medicamentos y material esencial ante la epidemia, de forma que se puedan fijar precios máximos si es necesario.
- Se asegurará que el personal y los centros y establecimiento sanitarios de carácter militar contribuyan a reforzar el sistema nacional de salud.
- Se podrán adoptar las medidas que aseguren el abastecimiento de bienes y servicios necesarios para la protección de la salud pública, pudiéndose intervenir y ocupar transitoriamente industrias, y locales de titularidad privada, así como la industria farmacéutica.
- Se ha dispuesto que todas aquellas personas que dispongan de material higiénico y sanitario (mascarillas, equipos de diagnóstico, guantes o batas impermeables) y aquellas empresas con capacidad de producción, deben ponerlo en conocimiento del Gobierno.
- Se ha diseñado un plan de compra centralizada para cumplir tres objetivos: reforzar los procesos de compra de las CCAA, la distribución para cubrir necesidades acuciantes de la población y los profesionales y organizar la capacidad de producción a nivel nacional e internacional.
- Se está apoyando a las empresas fabricantes del material sanitario necesario y se articulará una reserva estratégica de productos para futuras pandemias.
- Se han incrementado las funcionalidades de los equipos ya instalados.
- Desde el 10 al 31 de marzo, se han repartido más de 32 millones de unidades de material de protección entre las CCAA. Se ha acelerado la distribución de mascarillas con el reparto de más de 5 millones de unidades en las últimas 48 horas. Las CCAA han recibido más de 77.000 batas desechables, 83.900 buzos y 408.000 unidades de otro tupo de material de protección como calzas, delantales o gorros.
- El 2 se abril se informó del recibimiento de 50 respiradores. La empresa Hersill de Móstoles empieza a producir respiradores de forma industrial hasta alcanzar un total de 5.000 unidades durante las próximas semanas.
- A fecha del 3 de abril, las CCAA han recibido cerca de 36 millones de unidades de material sanitario desde el pasado 10 de marzo. El 2 de abril se repartieron 2,2, millones de unidades de material entre las autonomías. Del total del material recibido por las CCAA, 18,5 millones corresponde a mascarillas y 16,5 millones a guantes de nitrilo.
- El 4 de abril, llegan dos aviones con más de 3,5 millones de unidades de material sanitario. Se trata de mascarillas quirúrgicas y FFP2, batas de protección y ventiladores no invasivos adquiridos por el Ministerio de Sanidad que, en su mayor parte, serán distribuidos entre las Comunidades Autónomas.
- El Ministerio de Sanidad distribuye un millón de test de diagnóstico rápido entre las Comunidades Autónomas que se emplean como un complemento a las PCR y se dirigen, especialmente, a colectivos vulnerables, como las residencias de mayores.
- El Ministerio de Sanidad ha distribuido entre las comunidades autónomas y otros organismos cerca de 67 millones de mascarillas.
- Aterriza el 19 de abril de 2020 un nuevo avión en la base de Torrejón con dos millones de mascarillas quirúrgicas procedente de Shanghái.
- Se publica el 19 de abril de 2020 una orden del Ministerio de Sanidad por la que se establecen medidas excepcionales para garantizar el acceso de la población a los productos de uso recomendados como medidas higiénicas para la prevención de contagios por el Covid-19. La orden establece el procedimiento para la fijación del importa máximo de venta al público de los productos sanitarios (mascarillas quirúrgicas y guantes), así como de aquellos productos necesarios (mascarillas higiénicas y soluciones hidroalcohólicas) para la protección de la salud de la población.
- La Orden publicada por el Ministerio de Sanidad determina la información que debe establecerse en el etiquetado de las mascarillas higiénicas. Entre los datos mínimos exigibles están los datos de la empresa; denominación del producto; contenido del envase; composición; periodo recomendado de uso; características esenciales incluyendo talla si es pertinente; lote fabricación; lugar de procedencia; advertencias sanitarias; recomendaciones de uso, colocación y mantenimiento; especificaciones técnicas; eficacia de filtración bacteriana y respirabilidad; y precio final.
- La Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos ha establecido que, a partir de mañana 24 de abril de 2020, las mascarillas quirúrgicas tendrán un PVP máximo de 0,96 euros y los geles y las soluciones hidroalcohólicas, dependiendo de la cantidad que se adquiera, costarán entre 0,015 euros y 0,021 euros por mililitro.
- A fecha de 24 de abril de 2020, desde que comenzó la crisis, se han repartir a las comunidades autónomas un total de 2.802.400 unidades de la compra de 5 millones de unidades adquiridas por el Ministerio de Sanidad.
- Entre el 10 de marzo y hasta el jueves 23 de abril, el Gobierno ha distribuido entre las CCAA más de 90,9 millones de unidades material sanitario, entre equipo de protección, test de detección y dispositivos de ventilación.
- El Gobierno ha comenzado a distribuir el 24 de abril a las comunidades autónomas 793.200 test rápidos de detección de anticuerpos, que se unen a la partida de más de dos millones que ya ha repartido. Esta nueva partida de 793.200 test rápidos forma parte de la compra de 5 millones de unidades adquiridas por el Ministerio de Sanidad.
- Se toma razón de la declaración de emergencia para la adquisición de distintas partidas de mascarillas de protección FFP2, FFP3, mascarillas KN95, modelo 9320, de monos desechables protectores para el Covid-19 y dispositivos de ventilación mecánica invasiva (VMI) para el coronavirus.
- A partir del lunes 4 de mayo, las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno distribuirán 14,5 millones de mascarillas en nodos de transporte, municipios y entidades sociales. 6 millones se repartirán en nodos de transporte, 7 millones a los ayuntamientos y las restantes, 1,5 millones, a entidades sociales. Esta medida se implementa a raíz de la obligatoriedad de usar mascarilla en el transporte público a partir del lunes 4 de mayo.
Competencias autonómicas
- Se ponen todas las instalaciones de la sanidad privada a las órdenes de todos los consejeros autonómicos para las necesidades que se requieran.
- Los consejeros autonómicos podrán habilitar espacios para uso sanitario en locales públicos o privados.
- Se regula el proceso de cogobernanza con las Comunidades Autónomas en el proceso de transición hacia la nueva normalidad. Se establece la puesta en marcha de un proceso flexible, de permanente diálogo y colaboración con las comunidades autónomas. Las solicitudes que deben presentar las CCAA, deben contener un análisis sobre la fase en la que está el territorio en es momento, la fase a la que se propone transitar, la descripción de las medidas a adoptar y las fechas propuestas para su entrada en vigor.
Personal sanitario
- Quedan suspendidas las rotaciones de residentes que aún no hayan obtenido su especialización.
- Se prorroga la contratación de los residentes en el último año de formación en determinadas especialidades.
- Los profesionales sanitarios jubilados médicos/as y enfermeros/as menores de 70 años podrán ser reincorporados al servicio activo por la autoridad competente de la comunidad autónoma
- Se autoriza con carácter transitorio y excepcional la contratación extraordinaria de perfiles sanitarios con un grado en licenciatura y que carecen aún del título de especialista, siempre que hayan aprobado el MIR.
- Se amplía la Orden del 15 de marzo para ofrecer a las CCAA la posibilidad de contratación de un total de 17.560 técnicos superiores en Cuidados Auxiliares de Enfermería y más de 9.500 profesionales de las diferentes titulaciones de formación sanitaria especializada.
Otras medidas con impacto sanitario
- Se refuerzan las medidas policiales de seguridad para garantizar el normal funcionamiento de los centros sanitarios, establecimientos de elaboración, almacenamiento y distribución de productos farmacéuticos y sanitarios, y apoyar los desplazamientos de los equipos médicos y de emergencia.
- Se fija como función de las diferentes policías prestar apoyo para garantizar el suministro alimentario y de otros bienes y servicios.
- Se refuerzan las medidas de seguridad de los aeropuertos, estaciones ferroviarias y centros de producción de energía.
- Se ha cancelado el servicio de expedición y renovación de DNI y pasaporte mediante el servicio de cita previa y asistencia a las comisarías.
- Se ordena una vigilancia digital de redes sociales e Internet para detectar grupos o elementos que pudieran pretender alterar el orden público.
- Se suspende en todo el territorio nacional la apertura al público de todos los hoteles y alojamientos similares, alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia, campings, aparcamientos de caravanas y establecimientos similares.
- Se establece que la contratación pública para hacer frente al COVID-19 se tramitará por el procedimiento de emergencia, así mismo, se establecen medidas específicas para agilizar la contratación de la crisis sanitaria, particularmente con el exterior.
- Se permite que los empleados públicos, sin modificación de sus circunstancias laborales, puedan realizar tareas distintas a las de su puesto de trabajo y apoyar voluntariamente aquellas áreas y actividades de carácter sanitario, sociosanitario, de empleo, para la protección de colectivos vulnerables y aquellas otras que requieran un refuerzo en materia de personal como consecuencia de la situación provocada por el Covid-19.
- Se prorroga el estado de alarma, así como las medidas en él contenidas hasta las 00.00 horas del día 26 de abril de 2020.
- El 17 de abril de 2020 se publica una orden que establece el procedimiento de remisión de datos por parte de las comunidades autónomas para facilitar el seguimiento y la toma de decisiones. Las comunidades autónomas deberán informar de las unidades de kits de diagnóstico PCR de que disponen y del número de estas pruebas que han realizado cada semana. Del total de positivo, se deberán diferencias los casos sintomáticos de los asintomáticos en el momento de realizar la prueba.
- Se presenta el Plan de Desescalada cuyo objetivo fundamental es conseguir que se recupere paulatinamente la actividad económica, minimizando el riesgo que representa la epidemia para la salud de la población y evitando que las capacidades del Sistema Nacional de Salud pueden verse desbordadas. El Plan se compone de las siguientes fases: Fase 0, Fase I, Fase II, Fase III y, finaliza con la “Nueva normalidad”.
- Los profesionales sanitarios y del ámbito social cuentan con una plataforma específica que les ofrece atención telefónica, videoconferencia y seguimiento online, en virtud del convenio existente entre el Ministerio de Sanidad y la Fundación La Caixa. Su fin es minimizar el impacto de tensión emocional provocado por la pandemia de Covid-19.
2. Medidas económicas
Apoyo a las empresas y los autónomos
- Se ha creado una línea de avales del Estado a través del ICO por importe de 100.000 millones para empresas y autónomos, de manera que puedan cubrir necesidades de financiación.
- Las empresas podrán solicitar créditos a la banca privada contando con el aval del Estado.
- Se ha reforzado la normativa sobre inversiones exteriores para impedir que la caída de la cotización de las empresas españolas las haga presas de compañías de fuera de la Unión Europea.
- Se crea una línea dotada con 2.000 millones de euros para las empresas exportadoras.
- Se va a dotar con 250 millones la adaptación de las pymes a entornos digitales y soluciones de trabajo no presenciales a través de proyectos de I+D+i o adquisición de equipamiento.
- Para la protección del empleo de pymes y autónomos, se ha aprobado una moratoria de seis meses para el pago de impuestos a trabajadores por cuenta propia y a pequeñas y medianas empresas, hasta un máximo de 30.000 euros, que permitirá inyectar 14.000 millones al sistema productivo. Y para las bajas temporales, la Seguridad Social abonará el 75% de los salarios.
- Para proteger a los sectores productivos más afectados por la crisis como el transporte y el turismo, se ha dotado una línea del ICO con más 400 millones para empresas turísticas, transporte y hoteleras.
- Para preservar empleo, se amplían las bonificaciones a la Seguridad Social en contratos fijos discontinuos para que cubran los contratos de febrero a junio de 2020. Además, se van a flexibilizar los derechos de uso (slots) para que las compañías aéreas decidan si los usan o no sin miedo a perderlos.
- Se van a movilizar más de 200.000 millones de euros para contrarrestar la fuerte caída de actividad, (117.000 millones de euros proceden del sector público, el resto, llegará del sector privado).
- Se habilita a la Seguridad Social para conceder moratorias en el pago de las cotizaciones sociales a empresas y autónomos y se permite el aplazamiento del pago de deudas con la Seguridad Social hasta el 30 de junio.
- Los autónomos y las autónomas que accedan a la prestación por cese de actividad podrán aplazar sin cargo la cuota de la Seguridad Social de marzo por los días que hayan trabajado.
- Se incluyen en la moratoria de las hipotecas los inmuebles afectos a la actividad económica de autónomos y autónomas.
- Se establecen diferentes medidas para que los autónomos y las empresas que se hayan visto afectadas por el COVID-19 puedan flexibilizar el pago de suministros básicos como la luz, el agua o el gas, llegando incluso a la posibilidad de suspender el pago. Las cantidades adecuadas se abonarán como máximo a los seis meses siguientes a la finalización del estado de alarma.
- Se flexibilizan los procedimientos de las convocatorias de préstamos o ayudas a la Secretaria General de Industria y de la Pyme. Se podrán solicitar modificaciones en los cuadros de amortización de préstamos ya concedidos a proyectos industriales.
- Se amplía en 60 millones de euros la dotación para CERSA (Compañía Española de Reafianzamiento).
- Se habilita al ICEX para la devolución a las empresas que hayan incurrido en gastos no recuperables por las cuotas pagadas para participación en ferias u otras actividades de promoción internacional que hayan sido convocadas por la institución y se hayan visto canceladas, aplazadas o afectadas por el COVID-19.
- Se suspende, durante un periodo de un año y sin necesidad de solicitud previa, el pago de intereses y amortizaciones de los créditos concedidos por la Secretaria de Estado de Turismo.
- Se incluye al CDTI entre los organismos que podrán agilizar las ayudas y aportaciones al sector empresarial, con el fin de fomentar la innovación en la lucha contra la pandemia.
- Se introduce flexibilidad en la comercialización de combustibles.
- Se amplía en dos meses desde la finalización del estado de alarma los permisos de acceso y conexión de las redes eléctricas.
- Se puntualiza el alcance de la protección y la acreditación de los requisitos necesarios para la percepción de la prestación extraordinaria para autónomos (ingresos inferiores al 75%) para determinadas actividades que perciben sus ingresos de manera desigual o a lo largo de campañas o periodos temporales superiores al semestral. Se extiende la flexibilización para las actividades agrícolas y las culturales o de espectáculos públicos a las incluidas en el Régimen Especial del Mar.
- Se especifica que la moratoria de las cuotas para empresas y autónomos únicamente afectará a las aportaciones empresariales en la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta, así como a las cuotas de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
- Se aprueba un Acuerdo por el que se activa el segundo tramo de la Línea de Avales para empresas y autónomos que, por importe de 100.000 millones de euros, acordó el Gobierno el 17 de marzo. El segundo tramo de la Línea de Avales mantiene las mismas características y el mismo modo de tramitación del tramo inicial. Podrán solicitar estos avales de forma exclusiva las pymes y los autónomos afectados por los efectos económicos del COVID-19, siempre que los solicitantes no estuvieran en situación de morosidad a 31 de diciembre de 2019 y en procedimiento concursal a 17 de marzo de 2020.
- A partir del lunes 13 de abril de 2020 aquellas empresas que tenían autorizada su actividad laboral en el marco del anterior decreto pueden reiniciarla.
- Se publica una guía de buenas prácticas en los centros de trabajo el 11 de abril de 2020 para recordar cuáles son las pautas de conductas recomendables.
- Se ajustan las bases imponibles de los impuestos a la situación económica, liberando 1.100 millones de euros de liquidez para las empresas, en particular pymes y autónomos.
- A fecha de 21 de abril, se prorroga dos meses el carácter preferente del trabajo a distancia, así como el derecho de adaptación del horario y reducción de la jornada.
- Se establece un mecanismo para la renegociación y aplazamiento del pago de alquileres de locales de negocio.
- Se publica la orden ministerial que permite que se ponga en marcha la moratoria en el pago de la Seguridad Social. Esta medida se aplica a todos los autónomos y empresas que la soliciten y pertenezcan a los siguientes sectores: alimentación, bebidas, panadería, estancos, tiendas no especializadas, dentistas, peluquerías, impresión de artes gráficas, publicidad, fontanería, instalaciones de calefacción y aire acondicionado, carpintería y fabricación de carpintería metálica, y los cultivos que no tengan una categoría específica asignada.
- El Decreto-Ley entrado en vigor el 30 de abril establece la inclusión entre aquellos que pueden hacer uso de sus fondos de pensiones a los autónomos que han visto reducidos sus ingresos en un 75%.
- Se establece que, a partir del lunes 4 de mayo, cualquier comercio de menos de 400 metros puede abrir al público, ya sea una tienda o un servicio, pero sólo se podrá atender con cita previa. Se permitirá la recogida de productos, si se compran por teléfono o internet, pero debe hacerse de forma escalonada y evitando aglomeraciones. Sólo se podrá ir a tiendas o servicios dentro del municipio de residencia.
- A partir del 3 de mayo, se permite que se lleven a cabo obras que no sean de urgencia en viviendas o locales vacío si se limita al máximo la posibilidad de contacto entre los trabajadores y los vecinos y con algunas condiciones. Debe tratarse de viviendas o locales no habitados.
Apoyo a las Comunidades Autónomas
- Las CCAA podrán solicitar de forma anticipada parte de la liquidación (el 50%) correspondiente a 2018, que se eleva a casi 10.000 millones de euros.
- Se han aprobado las cuantías del II Trimestre del Fondo de Financiación a CCAA en la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, inyectándose en las CCAA 3.134,78 millones de euros.
- Se han agilizado los procedimientos para autorizar avales y fianzas.
- Para que las CCAA puedan prorrogar o mejorar sus programas de avales a Pymes ya existentes, se les exime de la necesidad de autorización por parte del Consejo de Ministros.
- Se autoriza a la Comunidad Autónoma de Andalucía para que pueda otorgar garantías, por un importe máximo de 20 millones de euros, en el marco de una línea de avales creada por la Junta de Andalucía para luchar contra los efectos de la evolución del Coronavirus (Covid-19).
- Se habilita la Línea de Avales del ICO de 100.000 millones de euros que permitirá cubrir pagarés de empresa y reforzar las sociedades de garantía recíproca de las Comunidades Autónomas.
- Se autoriza a Cataluña prestar garantías al Instituto Catalán de Finanzas (ICF) para cubrir el riesgo de las operaciones de préstamos y excepcionalmente de avales otorgados por este Instituto a empresas afectadas por el Covid-19 que se comprometan a mantener los puestos de trabajo, por un importe máximo de 560 millones de euros.
Otras medidas económicas
- Se permite que los ingresos derivados de la cotización por formación profesional puedan aplicarse a la financiación de cualquiera de las prestaciones y acciones del sistema de protección por desempleo.
- Se concede a las fundaciones bancarias que tuviesen un plan de desinversión ya aprobado por el Banco de España ampliar hasta en dos años el plazo con el que contaran.
- En materia de inversión, se adopta una norma de carácter macroprudencial, habilitando a la Comisión Nacional del Mercado de Valores para modificar los requisitos aplicables a las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva.
- Se establece la exención del pago de tasas en los procedimientos de autorización de ensayos clínicos para la investigación de medicamentos relacionados con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en los procedimientos de licencia previa de funcionamiento, en relación con licencias excepcionales para la fabricación de los productos sanitarios necesarios, así como en los procedimientos de autorización de investigaciones clínicas con productos sanitarios, relacionadas con el COVID-19.
- Se autoriza la modificación de los límites y el número de anualidades para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana pueda desarrollar la línea de avales destinada a facilitar el pago de los alquileres a arrendatarios en situación de vulnerabilidad por el Covid-19.
- Se reduce el IVA de los libros, revistas y periódicos electrónicos para alinearlo con el aplicable a los de papel.
- Se reducen los aranceles notariales para la novación de créditos no hipotecarios.
- Se adoptan medidas de flexibilidad para ajustar a la situación actual la regulación relativa a determinados sectores y actividades, incluyendo las relativas a puertos, investigación universitaria, centros tecnológicos, trabajadores agrarios y cooperativas.
3. Medidas laborales
ERTEs
- Se simplifican los procedimientos de ajuste temporal de empleo (ERTE), sin que suponga una merma de garantías o de la seguridad jurídica.
- Aquellos trabajadores que entren en un ERTE sin reunir los requisitos de desempleo percibirán la prestación, mientras que aquellos que sí tengan derecho al desempleo no computarán este tiempo de ERTE, es decir, es como si pusiéramos el contador a cero para ellos.
- Respecto a los trabajadores autónomos, se autoriza la flexibilización del acceso a la prestación por cese de actividad. El cobro de la prestación será compatible con la exoneración del pago de cuotas a la Seguridad Social y con la aprobación de ERTE para sus trabajadores, si el autónomo tiene asalariados contratados.
- Las pymes que entren en ERTE estarán exentas de abonar las cotizaciones empresariales. La exención será del 75% para el resto de empresas, condicionada a la preservación del empleo tras el ERTE como consecuencia del CoVID-19.
- A fecha de 21 de abril, se incrementa el ámbito de aplicación de los ERTEs por causa de fuerza mayor para cubrir caídas significativas de actividad en aquellos sectores considerados esenciales que también han visto reducidos sus ingresos.
Agricultura, ganadería y pesca
- Se aprueban medidas urgentes de carácter temporal en materia de empleo agrario, que permiten garantizar la disponibilidad de mano de obra para hacer frente a las necesidades de agricultores y ganaderos. Su objetivo es asegurar la recolección en las exportaciones agrarias, el flujo productivo y el abastecimiento de la población. Estas medidas permiten la compatibilización de la prestación por desempleo con el desempeño de las tareas agrarias; emplear a personas migrantes cuyo permiso concluya en el periodo comprendido entre la declaración del estado de alarma y el 30 de junio de 2020 y jóvenes entre 18 y 21 años de terceros países que se encuentren en situación irregular.
- Se establecen las ayudas estatales a las explotaciones ovinas y caprinas que han tenido dificultades en la comercialización de corderos y cabritos en los mese de marzo y abril, como consecuencia de las limitaciones derivadas por el estado de alarma frente a la Covid-19.
Apoyo a los trabajadores
- Se garantiza el derecho al cuidado para todos los trabajadores, que podrán acogerse a reducciones de jornada de hasta el 100% y a una reorganización del tiempo de trabajo por cuidado de familiares hasta segundo grado, sin que puedan ser despedidos.
- Se establecen beneficios para los trabajadores fijos discontinuos, a tiempo parcial y cooperativistas en materia de prestaciones por desempleo.
- Las personas contagiadas, o en aislamiento preventivo, serán consideradas en situación de incapacidad temporal por contingencias profesionales. Lo que implica que desde el día siguiente al de la baja laboral, estas personas perciban el 75% de la base reguladora, con cargo a la Administración.
- Se han adoptado medidas en los centros de trabajo dependientes de la Administración General del Estado dónde se permite a los trabajadores públicos que se encuentren en situación de aislamiento por motivo del coronavirus, que continúen percibiendo el cien por cien de sus retribuciones durante el tiempo que permanezcan en dicha situación.
- Se establece que no estará justificado el despido que se realice por causas relacionadas con el Covid-19.
- Se agiliza el acceso a la prestación por desempleo y se clarifica su alcance.
- Se establece que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social incluirá entre sus planes de actuación la comprobación de las causas alegadas para los ERTE. Asimismo, se establece que en caso de solicitudes con falsedades e incorrecciones, el empresario podrá ser sancionado y deberá devolver a la entidad gestora las cuantías percibidas en concepto de desempleo por los trabajadores.
- Se interrumpe el cómputo de la duración máxima de los contratos temporales.
- Se ha regulado un permiso retribuido recuperable para las personas que trabajen en servicios no esenciales. Este permiso se prolongará desde el 30 de marzo al 9 de abril, ambos días inclusive. Las jornadas no trabajadas en este periodo se irán devolviendo de manera gradual y consensuada a las empresas. La medida resulta aplicable al sector privado y no se aplicará a las trabajadoras y los trabajadores en situación de incapacidad temporal o cuyo contrato esté suspendido por otras razones. Esta medida no se aplicará a aquellas personas afectadas por un ERTE, para las que exista un mecanismo de distribución irregular implantado ni a aquellas que estén teletrabajando.
- Se crea un nuevo subsidio para empleadas del hogar afectadas por el cese o reducción de actividad y para trabajadores temporales cuyo contrato finalice y que no tuviesen derecho a prestación.
- Se establece que las personas que tuvieses un contrato temporal de duración de al menos dos meses que se hubiese extinguido tras la declaración del estado de alarma y que no alcancen el periodo de cotización mínimo para percibir una prestación por desempleo pueden percibir un subsidio extraordinario equivalente al 80% del importe mensual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem).
- Se amplían las situaciones protegidas hasta el momento como situación asimilada a accidente de trabajo. De esta forma tendrán tal consideración, con carácter excepcional, los periodos de aislamiento, contagio o restricción en las salidas del municipio (confinamiento) donde tengan el domicilio las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19.
- Se incluyen modificaciones relacionadas con la incorporación al ordenamiento jurídico los efectos de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el nombramiento como personal estatutario de los profesionales sanitarios, ampliando para este colectivo la cobertura de la protección de Seguridad Social a todas las contingencias, tanto por enfermedad común como por enfermedad profesional y por accidente sea o no de trabajo, incluido el accidente «in itinere».
- Para que, durante la vigencia del estado de alarma, todos los mutualistas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado y de la Mutualidad General Judicial que, en este periodo, comiencen o continúen en una situación de incapacidad temporal sigan percibiendo sus retribuciones, se establecen normas temporales de actuación a los órganos de personal, para dar cobertura a la tramitación y abono de todas las situaciones de incapacidad temporal. De esta forma se garantiza a estos mutualistas la percepción de sus retribuciones.
- A fecha de 21 de abril de 2020 se amplia la cobertura de la prestación por desempleo a los trabajadores despedidos durante el periodo de prueba de un nuevo trabajo.
- Se toma razón de la declaración de emergencia de servicios auxiliares básicos para el Centro de referencia de atención a personas con enfermedad de Alzheimer en Salamanca del Instituto de Mayores y Servicios Sociales durante la situación de emergencia sanitaria.
- Se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del servicio de apoyo al centro de mando y control COVID-19.
- Se pone en marcha a partir del 5 de mayo mediante resolución, los subsidios extraordinarios para las empleadas del hogar que hayan perdido ingresos y quienes hayan finalizados trabajos temporales pueden pedir la ayuda extraordinaria a partir del martes de 5 de mayo. La ayuda consiste en el 70% de la base cotizable que se ha dejado de percibir.
4. Medidas sociales
Apoyo a las familias
- Se van a destinar 600 millones de euros para prestaciones sociales básicas de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales.
- Se prohíbe el cese de suministros básicos como el agua, la luz y el gas, a los colectivos más vulnerables.
- Se prorroga la vigencia del bono social eléctrico a los beneficiarios que deberían renovarlo antes el 15 de septiembre.
- Se suspende la revisión de los precios máximos de venta al público de gases licuados de petróleo (GLP) envasados, como bombonas de butano, y de la Tarifa de Último Recurso (TUR) de gas natural. Se mantendrán los precios actuales durante los próximos seis meses.
- Se destinan 300 millones de euros para la flexibilización de la regla de gasto, para que los ayuntamientos puedan usar su superávit si lo invierten en partidas de atención social (dependencia, servicios sociales y problemas de índole social derivados del coronavirus).
- El Gobierno destina 25 millones a paliar la pobreza infantil como consecuencia de la suspensión de la actividad de los comedores escolares.
- Las empresas no podrán cortar los suministros básicos en la vivienda habitual de ningún ciudadano durante el estado de alarma.
- Para aliviar las necesidades de liquidez de los ciudadanos, se amplían los supuestos en los que se pueden rescatar las aportaciones realizadas a planes de pensiones, de forma que podrán recurrir a las mismas las personas que estén inmersas en un expediente de regulación temporal de empleo y los autónomos que hayan cesado su actividad como consecuencia de los efectos del COVID-19.
- A partir del domingo 26 de abril, los menores de 14, acompañados de un adulto, podrán dar un paseo diario de una hora en un radio máximo de 1 kilómetro desde su domicilio. Será entre las nueve de la mañana y las nueve de la noche y sin acceder a zonas de columpios e instalaciones deportivas. El paseo diario deberá realizarse como máximo en grupos formados por un adulto responsable y hasta tres niños o niñas. Durante el mismo deberá mantenerse una distancia interpersonal con terceros de al menos dos metros y cumplir con las medidas de prevención e higiene recomendadas.
- El Ministerio de Sanidad ha establecido mediante una orden ministerial las condiciones en las que las personas de 14 años en adelante podrán realizar actividad no profesional al aire libre y paseos a partir del 2 de mayo durante la vigencia del estado de alarma. Dicha práctica física se puede realizar sin contacto con terceras personas, una vez al día y respetando las medidas de higiene personal. Se establecen franjas horarias para las salidas en los municipios de más de 5.000 habitantes. Quedan excluidas de esta medida las personas que presenten síntomas o diagnosticados de Covid-19.
- A partir del 1 de mayo entra en vigor una orden ministerial que permite las salidas para el cuidado de huertos personales hasta que dure el estado de alarma. Se permite el cuidado y la recolección cuando el terreno está en el mismo término municipal o adyacente. Está permitido ir a otros municipios aunque no sean adyacentes o no sean el propio cuando se trate de cuidado y alimentación de animales o cuando el huerto sea de autoconsumo y contar con los productos sea imprescindible para la subsistencia.
Vivienda
- Se impondrá a la banca una moratoria en el pago de las hipotecas para los trabajadores afectados por la emergencia económica y sanitaria. Esta medida beneficiará a los trabajadores que vean reducidos sus ingresos o se vayan al paro como consecuencia de la situación de emergencia.
- Se garantiza el derecho a la vivienda de los colectivos más afectados.
- Se prohíben los desahucios de inquilinos durante seis meses desde la entrada en vigor del estado de alarma.
- Se articulan microcréditos a través del ICO para que los inquilinos en situación vulnerable puedan hacer frente al pago del alquiler con un plazo de devolución de hasta 10 años.
- Se implanta la renovación automática de los contratos de alquiler que venzan en los tres meses siguientes a la entrada en vigor de esta norma. Esta prórroga será de seis meses y en ella se mantendrán los términos y condiciones del contrato en vigor.
- Se establece una moratoria automática en el pago de su renta para aquellos arrendatarios en situación de vulnerabilidad cuyo arrendador sea un gran tenedor de vivienda, tanto público como privado, incluido el Fondo Social de Vivienda de las entidades financieras. Se entiende como tal a quien posea más de diez inmuebles.
- Se regula la moratoria para el caso en el que el arrendador no sea un gran tenedor de inmuebles. En estas circunstancias, el inquilino, siempre que se encuentre en situación de vulnerabilidad, podrá solicitar un aplazamiento en el pago de su renta. En el caso de que no haya un acuerdo, el inquilino tendrá acceso a un programa de ayudas transitorias de financiación a coste cero con aval del Estado.
- Para personas que tengan problemas más permanentes para el pago del alquiler, se establece también un nuevo programa de ayudas directas al alquiler sobre vivienda habitual. La norma incorpora un programa específico para víctimas de violencia de género, personas sin hogar y otras especialmente vulnerables, a fin de dotarles de una solución habitacional inmediata. Se establece una ayuda de hasta 600 euros al mes, que elevarse en casos justificados hasta 900 euros, siempre con un límite del 100% de la renta del inmueble. Y se añaden otros 200 euros para la atención de los gastos de mantenimiento, comunidad y suministros básicos.
- El Decreto-Ley entrado en vigor el 30 de abril establece que se amplía a tres meses el plazo para pedir aplazamientos del alquiler.
- Se pone en marcha, mediante orden ministerial del Ministerio de Transportes, Vivienda y Agenda Urbana que entra en vigor el 1 de mayo, los microcréditos sin intereses para el pago del alquiler en la vivienda habitual. Podrán pedir este crédito quienes no tengan una vivienda en propiedad y cumplan determinados requisitos: los ingresos mensuales de la unidad familiar deberán ser inferiores a 2.689 euros, demostrar que esos ingresos se han reducido como consecuencia de la crisis sanitaria, la suma del pago del alquiler y los suministros básicos debe suponer, al menos el 35% de los ingresos. Se pagarán en seis años sin intereses y se solicitarán directamente en las entidades bancarias.
Refuerzo de derechos sociales
- Se van a transferir a las comunidades autónomas 300 millones de euros para reforzar las residencias de mayores.
- Se dotará a los trabajadores de residencias de ancianos de equipos de protección individual (EPI).
- Con la ayuda de las Fuerzas Armadas se van a entregar kit de higiene, alimentación y bebida a las personas sin hogar.
- Se habilitarán comedores sociales con comida para llevar.
- Se van a reforzar los centros para personas sin hogar con personal sanitario.
- Se van a adaptar espacios para alojar, garantizar la higiene y la alimentación y atender a personas sin hogar, con profesionales sociales y sanitarios con posibilidad de zonas de aislamiento para personas infectadas.
- Se ponen a disposición de Sanidad un total de 19.500 camas para medicalizar en más de mil edificios para compensar la sobreocupación de los hospitales.
- Se pone a disposición de las CCAA las instalaciones y medios materiales y humanos de las residencias privadas de mayores.
- Se dota de recursos a los municipios para que repartan comida a domicilio, productos de primera necesidad y farmacéuticos para las personas mayores.
- Se financian las ayudas destinadas a garantizar el derecho básico de alimentación de niños y niñas en situación de vulnerabilidad que se encuentran afectados por el cierre de centros educativos. El reparto se trata de 25 millones de euros. Se trata de niños y niñas que recibían en sus centros educativos una beca comedor, y que ante el cierre de los mismos, se encuentras desprovistos de esta comida esencial.
Educación
- Se suspende la actividad docente presencial en todos los niveles educativos, así como las actividades educativas complementarias. Durante el período de suspensión se mantendrán las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y “on line”, siempre que resulte posible.
- Las administraciones educativas podrán adaptar el límite mínimo de días lectivos a las necesidades derivadas de la interrupción de las clases presenciales.
- Se facilitará que los calendarios de acceso y matrícula a la universidad se ajusten a los que finalmente tengan los exámenes de la EBAU, la antigua selectividad.
- Esta misma circunstancia se aplicará al calendario de la prueba de acceso y matrícula para la Formación Profesional de grado medio y superior. También se facilitará que la suspensión de las prácticas no comprometa la titulación, con plazos y medidas de evaluación excepcionales.
- Para facilitar la educación a distancia, el Ministerio pondrá a disposición de las Comunidades Autónomas recursos digitales para uso del profesorado y el alumnado en todos los niveles educativos.
- Se publica el Convenio de colaboración entre la Corporación de Radio y Televisión Española, Sociedad Anónima, S.M.E. y el Ministerio de Educación y Formación Profesional, para la producción del programa “Aprendemos en casa”.
- El Ministerio de Educación y Formación Profesional y las comunidades autónomas han acordado que, para que los estudiantes no pierdan el curso puedan continuar avanzando en su formación, teniendo en cuenta de manera especial la situación de los más vulnerables, la evaluación será continua, la promoción del curso será la norma general y la titulación debe ser la práctica habitual para aquellos alumnos que finalicen 4º de ESO o 2º de Bachillerato y FP. Una decisión que, en todo caso, será tomada por el claustro de profesores en su conjunto.
- Se establece que el tercer trimestre se aprovechará para la recuperación, el repaso y el refuerzo con actividades globalizadoras e interdisciplinares y debidamente autorizadas. La actividad se centrará en los aprendizajes y competencias imprescindibles evitando sobrecargar al alumnado.
Consumo y suministros
- Queda suspendida la actividad comercial, salvo la adquisición de alimento y productos de primera necesidad.
- Se suspenden las actividades de hostelería y restauración, pudiendo prestarse exclusivamente servicios de entrega a domicilio. Se permite la apertura de clínicas veterinarias y el servicio de peluquería a domicilio.
- Se garantiza el abastecimiento alimentario y se podrá acordar la intervención de empresas o servicios.
- Se podrán adoptar las medidas necesarias para garantizar el suministro de energía eléctrica y de productos derivados del petróleo.
- Se establecen medidas para la protección de infraestructuras críticas para asegurar la prestación de los servicios esenciales.
- Para proteger a los consumidores por los posibles abusos en precios de productos básicos, el Ministerio de Consumo instará a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a investigar estos hechos.
- Se refuerzan los derechos de los consumidores en la suspensión o rescisión de contratos de compraventa de bienes y de prestación de servicios, sean o no de tracto sucesivo, cuya ejecución sea imposible como consecuencia de la aplicación de las medidas adoptadas en la declaración del estado de alarma.
- En los contratos de tracto sucesivo, se paralizará el cobro de nuevas cuotas has que el servicio pueda volver a prestarse con normalidad, sin que esto suponga la rescisión del contraro.
- En el ámbito del sector de las telecomunicaciones, la suspensión de la portabilidad sólo afecta a aquellas operaciones en las que exista necesidad que los usuarios se desplacen físicamente a las tiendas o de que se realicen intervenciones físicas en el domicilio.
Víctimas de violencias machistas
- Se garantiza la prestación de los servicios de información y asesoramiento jurídico 24 horas habituales, y se añade un nuevo servicio de atención psicológica.
- Igualmente, se garantiza el normal funcionamiento del servicio Telefónico de Atención y Protección para víctimas de la violencia de género (ATENPRO).
- Se garantizan los servicios de acogida. Entre ellos, el normal funcionamiento de los centros de emergencia, acogida, pisos tutelados, y alojamientos seguros para víctimas de violencia de género, explotación sexual y trata con fines de explotación sexual.
- Las Administraciones Públicas competentes podrán disponer, cuando sea necesario, del uso de los establecimientos de alojamiento turístico en el caso de que no haya plazas disponibles durante el estado de alarma en los centros designados para ello.
- Se mantendrán con normalidad los servicios de seguimiento por medios telemáticos del cumplimiento de las medidas cautelares y penas de prohibición de aproximación.
- Se establecen limitaciones en la publicidad y en las actividades de promoción de determinadas actividades de juego online.
- Contratación del servicio de mensajería instantánea de contención y asistencia psicológica en situación de permanencia en domicilios durante el estado de alarma, por un importe de 42.592 euros.
5. Otras medidas
Ciencia e Investigación
- Se están llevando a cabo tres ensayos clínicos para luchar contra el COVID 19: dos de ellos para enfermos graves y un tercero para pacientes en nivel precoz y como profilaxis.
- Se destinarán 30 millones de euros a la investigación de una vacuna frente al coronavirus vía el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y el Instituto de Salud Carlos III (ISC-III).
- El 2 de abril se aprobaron 13 ensayos clínicos y se valoran 98 solicitudes. España participa, con 40 hospitales y 9 CCAA, desde el día 1 de abril, en el estudio internacional Solidaridad promovido por la OMS.
- Se aprueba un acuerdo que autoriza dos resoluciones del Instituto de Salud Carlos III por un máximo de 905.000 euros. La cuantía está destinada a la adquisición de bienes, servicios y otros gastos necesarios para hacer frente al brote del Covid-19, tramitados por la vía de emergencia.
- Las Comunidades Autónomas prestarán su colaboración y apoyo imprescindible para la realización del Estudio Nacional Epidemiólogo de la infección por SARS-CoV2 en España (ENE-COVID), que están ultimando en el Ministerio de Sanidad y el Instituto de Salud Carlos III (ISCIII). Con este estudio se pretende estimar el porcentaje de población española que ha desarrollado anticuerpos frente al nuevo coronavirus. Se han seleccionado más de 36.000 hogares españoles. De esta forma, se invitará a participar a un mínimo de 60.000 personas. Los hogares han sido seleccionados al azar. Cada uno de ellos recibirá una llamada telefónica para informar a sus residentes sobre los objetivos del estudio, así como solicitar su consentimiento y concertar la visita domiciliaria, o lo cita en el centro de salud.
Fuerzas Armadas
- Se ponen todos los medios de los hospitales militares (en Madrid y Zaragoza) a las órdenes del Ministerio de Sanidad, así como los médicos militares en reserva, y camas de hospitales de campaña y elementos de desinfección.
- Las Unidades Militares de Emergencias y el Ejército de Tierra repartirán alimentos para las personas que carecen de hogar y no tienen recursos.
- Las Fuerzas Armadas amplían participarán en el traslado de enfermos, por vía aérea o terrestre, de centros hospitalarios saturados a centros próximos con recursos sanitarios disponibles
- También participarán en garantizar la seguridad de infraestructuras críticas.
- El Ejército prestará apoyo logístico para transportar material sanitario desde el extranjero y dentro del territorio nacional, y para transportar personal clave entre la península y territorios extrapeninsulares.
- El personal militar prestará apoyo para el transporte de españoles con dificultad para regresar a nuestro país por los cierres de fronteras.
- Toma de razón de las declaraciones de emergencia correspondientes a 15 expedientes de contratación iniciados en el ámbito del Ministerio de Defensa, por un total de 4.393.338,48 euros, todos ellos relacionados con la situación de la crisis sanitaria derivada del Covid-19. Para ello se transformarán vehículos militares en ambulancias, se adquirirán y fabricarán medicamentos, así como kits de detección rápida del Covid-19, equipos de protección, productos químicos para desinfección, equipos para análisis de muestras biológicas, al tiempo que se contratarán servicios extraordinarios de limpieza de la red hospitalaria militar.
- Se toma razón de las declaraciones de emergencia correspondientes a 21 expedientes de contratación iniciados en el ámbito del Ministerio de Defensa, todos ellos relacionados con la situación de crisis sanitaria.
- Se toma razón de las declaraciones de emergencia correspondientes a 14 expedientes de contratación iniciados en el ámbito del Ministerio de Defensa. La finalidad de estos contratos es obtener materiales y servicios para hacer frente a situación generada por la crisis sanitaria.
Transporte público
- Renfe facilita los cambios y anulaciones de billetes sin coste a los viajeros afectados por las medidas, y devuelve los billetes a los viajeros de los programas de vacaciones del Imserso.
- Se han suspendido los viajes del Imserso durante un mes.
- El transporte público por carretera, ferroviaria y aérea se reduce un 50%, salvo Cercanías.
- Cada autoridad autonómica o local podrá fijar los porcentajes de reducción que estimen convenientes, y deberán comunicar su decisión.
- Se reduce a un tercio la capacidad de RENFE para mantener el espacio necesario entre los usuarios. La ocupación de cada coche que circule será del 30%.
- Se reducen un 85% las plazas de transporte globales.
- Los sistemas de venta online muestran un mensaje visible que advierte que no se debe viajar excepto por necesidad.
- Los operadores de transporte deberán realizar una limpieza diaria de los vehículos.
- Se restringen los vuelos comerciales o privados, así como el desembarco de pasajeros de buques con origen en el territorio nacional a los puertos y aeropuertos de las Islas Baleares.
- En los aeródromos se podrán abrir solamente aquellos establecimientos que sean imprescindibles para atender las necesidades esenciales de trabajadores, proveedores y pasajeros.
- Se prohíben los vuelos en helicóptero entre cualquier aeropuerto o helipuerto situado en el territorio nacional y Ceuta, así como el desembarco en el puerto de Ceuta.
- Se acuerda la prestación del servicio de transporte aéreo en determinadas rutas aéreas del archipiélago Canario durante el estado de alarma, por importe de 368.000 euros.
- Se amplía la prórroga para la prestación del servicio de transporte aéreo en las rutas aéreas Palma de Mallorca – Menorca y Palma de Mallorca – Ibiza durante la prolongación del estado de alarma, por importe de 244.904 euros. Se amplía una segunda vez por un importe de 149.072 euros.
- Declaración de emergencia de las actuaciones para la prestación del servicio de transporte aéreo en determinadas rutas aéreas del archipiélago Canario durante el estado de alarma declarado con motivo del Covid-19, por importe de 500.000 euros.
- Declaración de emergencia para el servicio de desinfección en ADIF y ADIF-Alta Velocidad debido a la crisis sanitaria.
- Se establece el servicio de recogida, distribución y entrega de mascarillas de protección, para el que se establece una segunda adquisición y distribución por parte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Límites a la libertad de circulación
- Sólo se permite la circulación de personas para actividades absolutamente necesarias, como adquirir alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
- Se limita la libertad de circulación en las playas.
- Se podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras, o la restricción del acceso por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico.
- Se ponen en marcha controles fijos y móviles en vías, espacios públicos y medios de transporte.
- España cierra las fronteras durante 30 días desde el día 17 de marzo, salvo para los nacionales que vuelvan a su residencia y excepciones diplomáticas.
Prisiones
- Se aplican medidas de restricción de movimientos a las 69 cárceles y Centros de Inserción Social (CIS), dónde trabajan unos 23.000 funcionarios y permanecen recluidos 50.800 presos. La medida no afecta a las prisiones de Cataluña, que gestiona la Generalitat.
- Se suspenden las comunicaciones ordinarias y salidas de permiso de las personas recluidas en instituciones penitenciarias. Se establecen medidas para proteger la salud de las personas internas y del personal empleado.
Movilidad exterior
- Se prohíben los vuelos directos entre la República Italiana y los aeropuertos españoles.
- Se establece que el avión de Filipinas con los ciudadanos españoles retornados partirá el 23 de abril.
- Toda compañía aérea que quiera realizar una operación tiene que solicitarlo con tres horas de antelación. A fecha del 20 de abril de 2020 hay un total de 18 aeropuertos operando bajo demanda.
Deporte
- Se ha autorizado al Consejo Superior de Deportes la convocatoria, para el año 2020, de las ayudas a las Federaciones deportivas españolas. Se han adelantado los trámites por la crisis sobrevenida de la lucha contra el Covid-19 y por las actuales restricciones presupuestarias.
- Se crea una Fundación deportiva dotada con fondos provenientes de la venta de derechos audiovisuales del fútbol para contribuir a financiar y dotar de estabilidad al deporte federativo, al deporte olímpico y paralímpico.
- Se prorrogan las becas y ayudas a deportistas vinculadas a resultados de las competiciones.
Transformación Digital
- Se toma razón de la declaración de emergencia para la adquisición de 40 portátiles para atender la crisis causada por el COVID-19, con destino al INE.
- Se toma razón de la declaración de emergencia para la adquisición de 468 módulos de memoria compatibles con el portátil Fujitsu T730 con la finalidad de poder preparar equipos para teletrabajar, debido a la reorganización del trabajo provocada por la crisis del COVID-19.
- Adquisición de equipamientos para el teletrabajo también en el Ministerio de Hacienda.
- Declaración de emergencia relativa al suministro de 51 portátiles para la prestación de servicios no presenciales por impacto del Covid-19, en el ámbito de la División Tecnológica y Servicios Públicos y Digitales, para dar servicio al teletrabajo a funcionarios del Ministerio de Justicia.
- Declaración de emergencia relativa al suministro de portátiles para habilitar la modalidad de trabajo no presencial por impacto del COVID-19 a determinados usuarios que trabajan con PC de sobremesa/estacionario.
- Suministro de webcams y lectores de tarjetas para permitir a los usuarios realizar videoconferencias y trabajar en remoto, potenciando las medidas de teletrabajo derivadas del Covid-19.
- Adquisición de la ampliación de la solución centralizada de comunicaciones de video actualmente implantada en la Subdirección General de Planificación y Gestión de Transformación Digital para potenciar las medidas de teletrabajo derivadas del Covid-19.
- Declaración de emergencia y actuaciones relativas al expediente de contratación para la adquisición de ordenadores portátiles para el desarrollo de trabajo no presencial con destino el Ministerio de Trabajo y Economía Social y al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
- Declaración de la emergencia para la adquisición de ordenadores portátiles y de equipos para el sistema de videoconferencia para la Presidencia del Gobierno con el fin de posibilitar a su personal el ejercicio de sus tareas de forma no presencial.
- Declaración de emergencia para la contratación de licencias Citrix y de Cores Data Center para facilitar el trabajo remoto del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
- Se toma razón de las declaraciones de emergencia de contrato administrativo para la dotación de material informático a los ministerios de Derechos Sociales y Agenda 2030, Sanidad, Ciencia e Innovación e Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Justicia
- La Administración de Justicia admitirá el registro, a partir del 15 de abril, de los escritos presentados en las oficinas judiciales y fiscales de forma telemática, y su reparto a los órganos competentes. Los plazos procesales y las actuaciones judiciales programadas permanecen en suspenso, tal y como ha indicado el Consejo General del Poder Judicial en la sesión extraordinaria del 13 de abril de 2020.
- Compra y adquisición de suministros necesarios para la protección de la salud del personal de la Administración de Justicia.
- Se aprueba un Real-Decreto Ley de Medidas Procesales y Organizativas para hacer frente al Covid-19 en la Administración de Justicia. La norma tiene como principal prioridad la salud de jueces, fiscales, letrados de la administración de Justicia, abogados, procuradores y el resto de funcionarios y profesionales que desarrollan su labor en este ámbito. Su contenido se articula en cinco bloques de medidas. El primer recoge las relacionadas con la seguridad en el trabajo; el segundo está encaminado al impulso de la recuperación de la actividad judicial; el tercero, a la transformación digital; en el cuarto se establecen una serie de medidas para evitar confusiones en el cómputo de plazos; y, el quinto, las medidas para hacer frente al previsible incremento de procesos concursales en los juzgados de lo Mercantil.
- Con la entrada en vigor el 30 de abril de un Decreto-Ley, se establece que se declaran hábiles del 11 al 31 de agosto todas las actividades judiciales.
- Este Decreto-Ley de 30 de abril establece que los plazos procesales suspendidos por el estado de alarma volverán a computarse desde su inicio desde el día siguiente hábil en el que se levante la suspensión. En temas más concretos, como las bodas, se permite que las que tengan autorización se celebren durante un año desde la finalización del estado de alarma.
- Se amplía de tres a cinco días el plazo para comunicar al Registro Civil los nacimientos.
- Se amplían de tres a diez días los plazos para comunicar las decisiones de los fiscales.
- Se aprueba el Real Decreto Legislativo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Concursal. La norma es fruto del mandato del Parlamento para refundir, armonizar, clarificar y ordenar la legislación concursal, realizado en mayo de 2015 y renovado el 21 de febrero de 2019.
Cultura
- Se aprueba el Real Decreto-Ley por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural para hacer frente a la situación derivada del Covid-19. Estas medidas suponen una inversión presupuestaria del Ministerio de Cultura y Deporte de 76,4 millones de euros.
- En este Real Decreto-Ley se establece que los artistas podrán acceder de manera extraordinaria a la prestación de desempleo.
- Se establece que las artes escénicas (danza, teatro, circo y música) y los exhibidores de cine van a disponer de fondos de ayudas, por más de 51 millones de euros, específicamente dedicados a proporcionar apoyo económico durante la suspensión de actividad y la desescalada.
- También se refuerza el apoyo al sector del libro y las bellas artes con 5 millones de euros.
- Se mejoran a su vez los incentivos al mecenazgo y a la producción audiovisual.
- Se crea un Fondo Social Extraordinario derivado de la crisis del coronavirus, por importe de 13.252.000 euros, para apoyar a la exhibición cinematográfica en las salas de cine. El Real Decreto-Ley aprobado recoge la excepción temporal hasta el 31 de agosto de 2020, para que las películas que se vean con problemas para estrenar en salas cuando lo tenían previsto puedan hacerlo a través de proveedores de servicios de comunicación audiovisual o plataformas, sin que por ello afecte a su condición de película cinematográfica.
- Se adelantará el 50% del pago de parte de la ayuda otorgada antes de que se inicien el rodaje y se permitirá que entre los gastos subvencionables se incluyan aquellos directamente vinculados con el impacto de la crisis.
- Se flexibilizan los pagos y las obligaciones a las películas beneficiarias de ayudas generales y selectivas concedidas entre los años 2016 y 2019.
- Se incrementarán los incentivos fiscales a la producción cinematográfica y audiovisual de series de ficción, animación o documental, así como los rodajes extranjeros.
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